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  SISTEMAS APPCC/PLANES GENERALES DE HIGIENE  
 


SISTEMAS APPCC.

La implantación de Sistemas de Autocontrol en las empresas alimentarias (industrias, establecimientos minoristas, establecimientos de restauración, otros) es el método esencial reconocido por las normas internacionales (Codex Alimentarius), así como por las de la Unión Europea (Reglamento 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios), cuya aplicación garantiza la seguridad e inocuidad de los alimentos en cada fase de la cadena alimentaria. Este enfoque para garantizar la seguridad de los alimentos se basa en la aplicación de la metodología HACCP (Hazard Analysis Critical Control Points), o APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos).


El Sistema de Autocontrol que debe implantar toda empresa del sector alimentario, basado en la metodología APPCC, permitirá identificar, evaluar y mantener bajo control los peligros que de forma significativa pueden afectar a la inocuidad de los alimentos que produce o comercializa.

ASECON Elabora y presenta el documento del Sistema de Autocontrol, resuelve dudas para una correcta implantación y realiza un seguimiento del mismo.



PLANES GENERALES DE HIGIENE

Los Planes Generales de Higiene se definen como el conjunto de programas y actividades preventivas básicas, a desarrollar en todas las empresas alimentarias para la consecución de la seguridad alimentaria.

Los PGH tienen como objetivo establecer procedimientos operativos sobre aspectos básicos de la higiene y sobre determinadas actividades de su empresa. Su correcto diseño en función de las necesidades, realidad de cada empresa y una adecuada implantación práctica, permiten mantener bajo control peligros, que de manera reiterada afectan a distintas fases de la actividad alimentaria.

ASECON Elabora y presenta el documento de los Planes Generales de Higiene, resuelve dudas para la correcta implantación del mismo y explica los registros necesarios así como su seguimiento una vez implantado.

 


 
 

REGISTROS SANITARIOS

 
 



El Registro General Sanitario de Alimentos es un órgano administrativo creado con la finalidad de proteger la salud de los consumidores. Está regulado por el Real Decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, y en él han de inscribirse las industrias y establecimientos que se dediquen a la producción, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución e importación de países no pertenecientes a la Unión Europea de:

  • Productos alimenticios y alimentarios destinados al consumo humano
  • Sustancias y materiales destinados a estar en contacto con aquellos productos
  • Detergentes, desinfectantes y plaguicidas en la industria alimentaria
  • Sustancias, incluido material macromolecular, para elaboración de materiales de envase y embalaje, destinados a estar en contacto con los alimentos

Asimismo, han de inscribirse en dicho Registro, los operadores económicos que comercializan productos de la Unión Europea así como los que importan productos procedentes de terceros países.

ASECON Elabora y presenta la documentación para la obtención y/o convalidación de Número de Registro Sanitario (NRS)

 
 

 



 
 

FORMACIÓN

 
 



La responsabilidad de la empresa alimentaria en cuanto a la formación de los manipuladores de alimentos se recoge principalmente en el Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios. En el capítulo XII del Anexo II del  citado Reglamento se establece, entre las obligaciones de los operadores de empresas alimentarias, lo siguiente: 

  1. La supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral.
  2. Que quienes tengan a su cargo el desarrollo y mantenimiento del procedimiento basado en los principios de APPCC (Artículo 5) o la aplicación de las guías de prácticas correctas de higiene hayan recibido una formación adecuada en lo tocante a la aplicación de los principios del APPCC.
  3. El cumplimiento de todos los requisitos de la legislación nacional relativa a los programas de formación para los trabajadores de determinados sectores alimentarios.

ASECON Imparte de cursos de formación de manipuladores de alimentos orientados al sector donde se desempeña la actividad. Presentando una gran flexibilidad de horarios a la actividad laboral. Cursos individualizados adaptándonos a pequeños grupos. Existiendo la posibilidad de ser incluido el importe en los presupuestos asignados a gastos de formación de la empresa

 
 

 



 
 

ANÁLISIS DE AGUAS Y ALIMENTOS

 
 

Los cuerpos de inspección, en cumplimiento de la normativa relativa a higiene de los productos alimenticios, solicitan cada vez con mayor frecuencia que las empresas alimentarias analicen sus materias primas, productos intermedios y productos finales, de cara a asegurar la salubridad de los alimentos que llegan al consumidor final.

Asimismo, el aseguramiento de la correcta limpieza y desinfección en el establecimiento no es posible comprobarlo y demostrarlo sin llevar a cabo un control de microorganismos en las superficies de trabajo, de forma periódica.

Más allá de lo estrictamente obligatorio según la legislación, el control microbiológico de superficies y alimentos nos permitirá asegurar la calidad de los productos de nuestros proveedores, y la idoneidad de los productos de limpieza y desinfección, así como de los protocolos de limpieza.

En ASECON gestionamos todo tipo de análisis, y los interpretamos para su empresa a la luz de la legislación vigente, asesorándole acerca de desviaciones de la normalidad que pudieran suponer un riesgo para sus alimentos.

Todos los análisis son realizados por Laboratorio Autorizado por la Consejeria de Salud de la Junta de Andalucía.




 
     
 

LICENCIA APERTURA DE PISCINAS

 
 



La normativa actual de piscinas (Decreto 23/99) y las ordenanzas municipales de cada municipio obligan a la obtención de la Licencia Municipal de Apertura/Reapertura de Piscinas de Uso Colectivo. Dicha Licencia es obligatoria para poder utilizar la piscina durante la temporada de baño, tanto de piscinas de nueva construcción o de aperturas por temporadas.

ASECON prepara toda la documentación necesaria, visitas las instalaciones y elabora un informa con las deficiencias detectadas y propone medidas correctoras en caso necesario, para que se supere con éxito la Inspección Sanitaria que dará el visto bueno a las instalaciones.


ASECON les presta durante la temporada de baño los siguientes servicios:

  • Análisis mensuales y quincenales del estado del agua del vaso.
  • Tratamientos de Fumigación (Desratización y Desinsectación).
  • Elaboración y Diligencia del Libro de Control Oficial de la Calidad del Agua.
  • Cursos de Formación dirigidos al personal de mantenimiento.
  • Asesoramiento técnico especializado.

 

 

 
     
  CONTROL DE LEGIONELLA  
 



El Real Decreto 865/2003 establecen las condiciones higiénico sanitarias para la prevención y el control de la legionelosis. Esta normativa nos indica la obligatoriedad de adoptar medidas para la prevención y control de la legionelosis, adoptando una serie de controles higiénico-sanitarios. También nos indican cuáles son las instalaciones que pueden ser consideradas de riesgo y que, por lo tanto, deben ser controladas.

En primer lugar indicarles que nuestra empresa se encuentra autorizada por Junta de Andalucía para tratamientos contra Legionella (29/347).

Actualmente la normativa obliga a cuatro operaciones básicas a realizar en las instalaciones de riesgo:

1.- Elaborar programas de control y mantenimiento de las diferentes instalaciones afectadas.

2. Creación y mantenimiento de los registros de control. Libro de Operaciones de Mantenimiento.

3. Ejecución de las tareas de limpieza y desinfección de las diferentes instalaciones de riesgo.


4. Análisis de agua. (Determinación de Legionella).

FORMACION LEGIONELLA

Todo el personal que trabaje en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario, pertenezca a una entidad o servicio externo contratado o bien sea personal propio de la instalación, deberá realizar los cursos que a tal efecto homologue el Ministerio de Sanidad y Consumo a propuesta de las comunidades autónomas correspondientes.

En ASECON, colaboramos con Entidades de Formación Autorizadas para la Impartición de dicha Formación.

 
     
     
     

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